¿Hay que pagar la plusvalía municipal al vender una casa?
El pago de la plusvalía municipal tras la venta de los inmuebles es otra contienda inmobiliaria que está dando mucho que hablar en los últimos tiempos.
La plusvalía municipal es un impuesto que tasa el incremento que experimenta el valor de un terreno urbano (aunque incluya edificación) desde su adquisición a su venta y se paga siempre que un inmueble se transmite a través de una venta, una herencia, una donación o una permuta y ha pasado al menos un año en poder de la persona o empresa que lo comercializa.
Los ayuntamientos siempre cobran este impuesto
Para los ayuntamientos, siempre se da ese incremento de valor, sin excepción, porque realizan el cálculo de la tasa en base al valor catastral del terreno y no sobre el valor real del mismo. En muchas ocasiones, aunque se venda el terreno por mucho menos de lo que se compró, como se calcula aplicando un coeficiente al valor catastral, siempre da a pagar.
Aunque haya pérdidas en la transmisión y una inexistencia total de incremento de valor, el resultado siempre sale favorable para las arcas municipales.
Críticas de los vendedores
Muchos vendedores consideran que la plusvalía municipal es injusta y reclaman su inconstitucionalidad. En los últimos años ha crecido de manera importante el número de particulares y empresas que han acudido a los juzgados a denunciar el pago indebido de la plusvalía.
El importa medio reclamado está entre los 2.000 y los 5.000 euros, pero depende del valor del inmueble transmitidos. Desde 2010 son ya varios casos en los que los tribunales de justicia han fallado a favor de los contribuyentes.
Doctrina judicial
Los jueves se están posicionando en contra de los ayuntamientos. Muchas demandas están prosperando cuando se puede acreditar que no ha existido incremento de valor y sí depreciación. En ocasiones es necesario un peritaje, pero otras veces basta con las propias escrituras de compraventa y tasaciones hipotecarias.
Los expertos aconsejan pagar la plusvalía municipal en primer lugar para evitar sanciones y posteriormente reclamar el importe pagado más los intereses de demora.
La resolución de los tribunales suele demorarse entre 12 y 18 meses. Desde la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) recuerdan que el contribuyente puede enfrenarse un proceso largo, caro y que sólo compensa en caso de que haya bastante dinero en juego y buenas perspectivas.
Orión Inversiones Inmobiliarias
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